Información estadística Ley 21.234
Información Estadística Ley 21.234
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N°21.234, que limita la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. Las entidades emisoras señaladas en el artículo 1 de la presente ley deberán informar semestralmente, en sus respectivos sitios electrónicos, acerca del número de usuarios afectados por casos cubiertos por el presente cuerpo legal, señalando los montos involucrados y los plazos en que hayan dado respuesta o cumplimiento a sus obligaciones.
INDICADORES | FRAUDES SEGÚN TIPO DE PRODUCTO | ||||||
Tarjetas (a) | Otros medios electrónicos | ||||||
Tarjetas de Crédito | Tarjetas de Débito | Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos | Transferencias electrónicas (b) | Transacciones en cajeros automáticos (c) | Otros (especificar) | Totales | |
N° de usuarios afectados (1) | 678 | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | 678 |
Montos involucrados (2) | 169 | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | 169 |
Plazo de respuesta por transacciones sobre 35 UF (3) | 5,8 | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | 5,8 |
Plazo de respuesta por transacciones hasta 35 UF (4) | 5,5 | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | 5,5 |
(1) Corresponde al número de usuarios que ingresaron un aviso en caso de hurto, robo, extravío o fraude, en los términos establecidos en la Ley N°21.234.
(2) Corresponde a los montos totales, expresados en millones de pesos chilenos, respecto de operaciones en las cuales el usuario desconoce haber otorgado su autorización o consentimiento.
(3) Corresponde al número de días promedio en que el emisor procedió a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos correspondientes a las operaciones reclamadas, para transacciones iguales o inferiores a 35 UF.
(4) Corresponde al número de días promedio en que el emisor procedió a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos correspondientes a las operaciones reclamadas, para transacciones sobre 35 UF.
(a) Cargos no reconocidos en tarjetas.
(b) Transferencias electrónicas no reconocidas con cargo a cuentas de depósito, incluidas las de pago con provisión de fondos, realizadas a través de medios remotos (sitios web, aplicaciones móviles, etc).
(c) Giros realizados en cajeros automáticos no reconocidos.